Colombia se está convirtiendo en un país que funciona a partir de demandas y procesos legales. Por cualquier nimiedad se inicia un proceso legal, penal, civil o disciplinario, dejando a los ciudadanos y a los movimientos cívicos en un radicalismo ridículo, que no encuentra diálogo directo con sus gobernantes.
Por: Ian Lopez
¡Ah polémica tan marica la que crearon esos maricas con esa maricada de #AyMariquita!
Que los unos insultan, que los otros se ofenden, que los primeros se disculpan, que los de allá demandan, que los de acá no entienden y que esos se defienden. Tanto drama y tanto revoloteo ante un asunto que pudo parar en la disculpa primera de la emisora Los 40 Principales de Bogotá, y podríamos estar preocupándonos por asuntos más coyunturales, como el Twitter de Uribe o el embarazo de Shakira.
Héctor Contreras, director del programa ‘La cama’, espacio en el cual nacieron los hechos, es considerado el autor de esta polémica, y se le acusó, entre los términos más decentes, de incitar a la discriminación y al matoneo. Según cálculos, todo esto le podría salir en una multa de 10 a 15 salarios mínimos legales mensuales vigentes, más detención carcelaria de 1 a 3 años.
Si a eso vamos, a sancionar al locutor o a la emisora por discriminación, habría que hacer una redada en las redes sociales para abrirle una investigación a todos aquellos que participaron de #AyMariquita, que en últimas fueron quienes lanzaron aquellos trinos tan afilados y henchidos de desprecio que hirieron e indignaron a miembros de la comunidad LGTBI.
Los abogados en este momento deberían estar procurando evitar el populismo punitivo, que se presenta cuando el Congreso empieza a hacer leyes o agravantes de ley que consagran delitos para responder a coyunturas, más allá de analizar las causales, la efectividad y la usabilidad que pueda llegar a tener dicha ley. Para no irnos más lejos, y aprovecharnos de las ya aprovechadas féminas, hay un agravante punitivo de homicidio por “matar a una mujer por el hecho de ser mujer”, la cual fue consagrada en el numeral 11 del art. 104 del Código Civil, y fue creada por medio de la ley 1257 de 2006, art. 26. En fin, a la fecha no se conoce el primer caso de homicidio al cual se le haya sumado dicho agravante; o no han matado a ninguna mujer por el hecho de ser mujer desde que se aprobó el agravante o ningún juez ha sabido chantarle este ‘bonus’ a nadie.
Me surge la duda si la evolución de estos hechos coyunturales en leyes se debe a la verdadera preocupación por parte del ente judicial, o si es un señuelo que solo pretende gastar tinta en papel y mejorar la percepción de la sociedad en cuanto a la labor de los congresistas.
Este tipo de leyes, a las que yo llamo de tendencia, se dan en el calor de una noticia escabrosa, horrenda, mediatizada y que, de preferencia, tenga a toda la población del país indignada. Pasó con las pirámides, pasó con Rosa Elvira Cely, pasó con la violación a menores.
Tampoco quiero decir que la ley se deba quedar estática y los juzgados deban trabajar y juzgar en base a los primeros tratados sobre justicia y condena que surgieron en la época de los Césares, por allá en Roma. Es claro que la Constitución y sus leyes deben ir evolucionando a medida que la sociedad avanza, pero sin prostituir el término, sin llenar las gavetas de leyes que no son ni efectivas ni eficaces.
Se debe evitar la creación de delitos ineficaces, como el de la discriminación, o de agravantes que no van a servir para sancionar a nadie. Pero, por qué, se preguntarán ustedes. Por qué ese marica no quiere que haya una ley que lo proteja de la discriminación.
Empecemos por decir que no está claro qué es discriminar en términos de la ley. ¿Cuál es la diferencia entre #AyMariquita y una charla entre amigos cuando uno le dice al otro: “coja unas pesas más grandes, no sea mariquita”? Sin contar con que el primero se dio públicamente, puesto que este acto sería juzgado como discriminación, y ahí sí, con un agravante de conductas de odio a través de medios de difusión masiva. La ley no contempla qué es y qué no es discriminar, mucho menos va a decir qué es discriminar por condición sexual. Además, para sumarle ingredientes a la aguamasa, esta ley de la que se están pegando está demandanda ante la Corte Constitucional, pero aún no hay sentencia, por supuesto.
Entonces si uno va por la calle, y por casualidad un taxista le grita: “¡Quítese, no sea marica!”, tómele las placas y denúncielo por discriminación de género, con un agravante de, digamos, agresión desde vehículo público, marginación a plena luz del día o algo así, que seguro se lo aprueban en pro de cuidar a la población civil.
Aplicarle la ley antidiscriminación a esta emisora es una limitación indebida al derecho a la libre expresión. Los locutores de Los 40 Principales estaban en su derecho de poner ese hashtag, por más repulsivo que hubiera resultado, porque ese es un ejercicio legítimo de la libertad de expresión. No debería permitirse que se limite con tal facilidad la libertad de expresión y prensa. Todos tenemos derecho a decir lo que pensamos, como lo hace Uribe, por más horrendo que ello sea, porque de lo contrario los valores fundamentales de la democracia perecen.
Según el fiscal general, Eduardo Montealegre, esas conductas llaman a la intolerancia, y si bien puede considerarse como simples comentarios, dentro de la libertad de expresión, podrías ser penalizadas si se dictaminan como “voces discriminatorias”. ¿Y quién tiene las facultades morales para decidir cuáles son y cuáles no son “voces discriminatorias”? Hago un llamado, una petición airosa para que sea el procurador Alejandro Ordoñez quien haga dicha distinción; él, quien desde el ejemplo tanto se ha preocupado por las buenas maneras, la ética y la moral del país.
Colombia se está convirtiendo en un país que funciona a partir de demandas y procesos legales. Por cualquier nimiedad se inicia un proceso legal, penal, civil o disciplinario, dejando a los ciudadanos y a los movimientos cívicos en un radicalismo ridículo, que no encuentra diálogo directo con sus gobernantes.
Si este proceso penal progresa y da como resultado una sanción legal a la emisora o una pena de cárcel a Contreras, sería un acto indebido, un hecho mismo que parece provenir de un Ministerio de la censura y la buena moral, construido a partir de apariencias y de demandas.
Este es un proceso penal y una investigación judicial que no me representan como periodista, como opinador, o como homosexual.


